El Decreto Ley 356 de 1994 es el Estatuto para la Prestación de Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada en Colombia, que regula la actividad de las empresas y personas que ofrecen este tipo de servicios con armas de fuego, recursos humanos, animales, tecnológicos o materiales.
Este decreto tiene como objetivo garantizar la calidad, eficiencia y legalidad de los servicios de vigilancia y seguridad privada, así como proteger los derechos y deberes de los usuarios, clientes y prestadores de estos servicios.
¿Qué servicios de vigilancia y seguridad privada se hallan sometidos al Decreto Ley 356 de 1994?
El Decreto Ley 356 de 1994 establece que los servicios de vigilancia y seguridad privada son aquellos que tienen por objeto prevenir o evitar la comisión de delitos o infracciones, proteger la vida o los bienes propios o de terceros, o proporcionar información o asesoría en materia de seguridad.
Estos servicios se clasifican en dos tipos: los servicios de vigilancia y seguridad privada con armas de fuego y los servicios de vigilancia y seguridad privada sin armas de fuego.
Los servicios de vigilancia y seguridad privada con armas de fuego son aquellos que se prestan con el uso de armas de fuego autorizadas por el Gobierno Nacional, y que requieren de una licencia o credencial expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Los servicios de vigilancia y seguridad privada sin armas de fuego son aquellos que se prestan con el uso de recursos humanos, animales, tecnológicos o materiales, y que no requieren de una licencia o credencial, pero sí de una autorización de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Entre los servicios de vigilancia y seguridad privada sin armas de fuego se encuentran los servicios de asesoría, consultoría e investigación en seguridad, que son aquellos que se prestan por personas naturales o jurídicas que brindan orientación, análisis, diagnóstico, diseño, implementación, evaluación o auditoría en materia de seguridad.
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¿Qué requisitos y obligaciones establece el Decreto Ley 356 de 1994 para la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada?
El Decreto Ley 356 de 1994 establece una serie de requisitos y obligaciones para las empresas y personas que prestan servicios de vigilancia y seguridad privada en Colombia, entre los que se destacan los siguientes:
- Constituirse como personas jurídicas de derecho privado, con domicilio principal en Colombia y con un objeto social exclusivo o principal de prestar servicios de vigilancia y seguridad privada.
- Contar con un capital social mínimo, que varía según el tipo de servicio que se preste y que se actualiza periódicamente por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
- Obtener la licencia o credencial de vigilancia y seguridad privada, o la autorización de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, según el caso, previo cumplimiento de los requisitos legales, técnicos, financieros y administrativos que se exijan.
- Cumplir con las normas de seguridad, calidad, capacitación, dotación, uniformidad, identificación, documentación, registro, control, supervisión y evaluación que se establezcan para la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada.
- Respetar los derechos y deberes de los usuarios y clientes de los servicios de vigilancia y seguridad privada, así como los de los trabajadores y empleados que los prestan.
- Informar a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y a la Policía Nacional sobre las actividades, operaciones, contratos, novedades, incidentes y demás aspectos relacionados con los servicios de vigilancia y seguridad privada que se presten.
- Abstenerse de prestar servicios de vigilancia y seguridad privada que impliquen el ejercicio de funciones públicas, que afecten la soberanía nacional, que violen los derechos humanos, que interfieran con la administración de justicia, que generen conflicto de intereses o que contravengan la ley.
¿Por qué es importante el Decreto Ley 356 de 1994 para la seguridad privada en Colombia?
El Decreto Ley 356 de 1994 es importante para la seguridad privada en Colombia porque:
- Establece un marco jurídico claro y actualizado para la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada, que contribuye a la prevención y control de la delincuencia, el orden público y la convivencia ciudadana.
- Promueve el desarrollo y la profesionalización del sector de la vigilancia y seguridad privada, que genera empleo, inversión y competitividad en el país.
- Protege los derechos y deberes de los usuarios, clientes y prestadores de los servicios de vigilancia y seguridad privada, que garantiza la calidad, eficiencia y legalidad de estos servicios.
- Fortalece las redes de apoyo entre el sector de la vigilancia y seguridad privada y la Policía Nacional, que facilita la coordinación, cooperación e intercambio de información en materia de seguridad.
El Decreto Ley 356 de 1994 es el Estatuto para la Prestación de Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada en Colombia, que regula la actividad de las empresas y personas que ofrecen este tipo de servicios con armas de fuego, recursos humanos, animales, tecnológicos o materiales.
Este decreto tiene como objetivo garantizar la calidad, eficiencia y legalidad de los servicios de vigilancia y seguridad privada, así como proteger los derechos y deberes de los usuarios, clientes y prestadores de estos servicios.
El Decreto Ley 356 de 1994 establece una serie de requisitos y obligaciones para las empresas y personas que prestan servicios de vigilancia y seguridad privada en Colombia, así como las sanciones y medidas correctivas que puede imponer la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a los infractores.
El Decreto Ley 356 de 1994 es importante para la seguridad privada en Colombia porque establece un marco jurídico claro y actualizado para la prestación de estos servicios, promueve el desarrollo y la profesionalización del sector, protege los derechos y deberes de los involucrados y fortalece las redes de apoyo entre el sector y la Policía Nacional.